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Contratación de personal en México

Leyes que regulan las relaciones laborales

Leyes Breve descripción
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) La ley suprema que rige la vida económica, social y política en México.

Principales autoridades fiscales y laborales

Leyes Breve descripción
Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) Departamento encargado de proponer y controlar la política económica del Gobierno Federal en el sector financiero, fiscal, de gastos, ingresos y deuda pública. También se encarga de recaudar impuestos de empresas y particulares y de distribuir dichos fondos entre todo el gobierno.
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) Institución del gobierno federal que proporciona prestaciones y programas de bienestar social a las personas que no forman parte de la población activa por edad o discapacidad, a los empresarios y a las personas actualmente empleadas. Combina los programas de salud pública y bienestar económico en una sola agencia.
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) Se trata de un organismo que realiza aportaciones directas para la compra de vivienda, igualando los fondos que paga un determinado trabajador como deducción de su nómina, mientras que los empresarios también realizan una aportación. Gestiona los recursos de la Oficina Nacional de la Vivienda, que se financia con las cotizaciones de los empresarios. La participación en este programa es totalmente facultativa para el trabajador, pero obligatoria para los empresarios (en caso de que el trabajador haya optado por participar).
Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) Órgano administrativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuya tarea fundamental es regular el Sistema de Ahorro para el Retiro, constituido por cuentas de propiedad individual. Esencialmente, un sistema nacional de pensiones. La contribución a este fondo es obligatoria.
Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (INFONACOT) Institución financiera del gobierno mexicano creada para posibilitar la compra de mejoras en el hogar, muebles, etc. mediante préstamos subvencionados a bajo interés que se devuelven mediante retenciones en la nómina del trabajador.

Contratos laborales

El contrato individual de trabajo es aquel en virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo o servicio valioso a cambio de un salario. La falta del documento no priva al trabajador de los derechos derivados de las normas laborales pertinentes.

La contratación de menores de 15 años es ilegal. Los menores de 18 años deben haber concluido el equivalente a una educación media. Los menores de 18 años no pueden trabajar en una situación en la que su salud, seguridad o moralidad puedan estar en peligro. La edad mínima para ofrecer cualquier trabajo en México es de 15 años. Los mayores de 15 años y los menores de 16 necesitan la autorización de sus padres o tutores. Los mayores de 18 años pueden trabajar sin autorización de nadie.

Tipo de contratos

Las relaciones laborales pueden ser para una tarea o un periodo de tiempo concreto, estacional o indefinido, y, en su caso, pueden ser objeto de pruebas o de formación inicial. Salvo que se indique lo contrario, se supondrá que la relación es de duración indeterminada.

 Contrato por tiempo indeterminado Artículo 39, LFT Se considera una relación laboral indeterminada cuando un convenio supera los 180 días. En su caso, podrá establecerse un periodo de prueba, que no podrá exceder de 30 días, con el único fin de comprobar que el trabajador reúne los requisitos y conocimientos necesarios para realizar el trabajo solicitado. Es importante aclarar que el período de prueba puede extenderse hasta 180 días, sólo en el caso de los cargos directivos, gerenciales y otras personas que ejercen funciones de dirección o administración.
Contrato por obra o tiempo determinado Artículo 37, LFT Sólo se puede estipular un contrato de duración determinada cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a realizar o cuando se pretenda sustituir temporalmente a otro trabajador.
Contratación para la formación inicial Artículo 39 B, LFT La ley considera que existe un periodo de formación inicial cuando el trabajador está obligado a prestar servicios subordinados bajo la dirección y mando del empresario, mientras adquiere los conocimientos o habilidades necesarios para la actividad para la que va a ser contratado. Cuando el periodo de prueba o de formación inicial ha finalizado y la relación laboral continúa, se considera de duración indeterminada.
Contrato de periodo de prueba  Artículo 39 A, LFT En el caso de los periodos de prueba que serán de 30 y hasta 180 días, para trabajos administrativos, técnicos o de especialización, al final de su periodo, si el empleador puede decidir el despido del trabajador sin ninguna obligación para él.
Contrato de relación laboral por temporada  Artículo 39 F, LFT Podrá utilizarse un contrato de temporada cuando las actividades no requieran la prestación de servicios durante toda la semana, el mes o el año. Debe quedar claro que los trabajadores que prestan servicios bajo su modalidad tienen los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores por tiempo indefinido , en proporción al tiempo trabajado en cada periodo. Para evitar abusos en el uso de estas nuevas figuras, los contratos deberán establecerse en un acuerdo escrito y se determinarán los periodos de prueba y de formación.

Requisitos básicos

La información que debe contener el contrato se establece en el artículo 25 de la Ley Federal del Trabajo:

    • Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, Clave Única de Registro de Población, Registro Federal de Contribuyentes y domicilio del trabajador y del empleador
    • Si la relación laboral es por obra o tiempo determinado por temporada, formación inicial o por tiempo indefinido y, en su caso, si está sujeta a un periodo de prueba
    • El servicio o servicios que deben prestarse
    • El lugar o los lugares en los que se debe trabajar
    • La forma y el importe del salario
    • Otras condiciones de trabajo, como días de descanso, vacaciones y otras que acuerden el trabajador y el empresario

Nómina

La nómina es uno de los documentos más importantes dentro de una empresa, ya que en ella se controlan todas las retenciones, en torno a los mínimos legales, del salario de los empleados. De su funcionamiento se obtiene la cantidad final que recibirá un trabajador y la cantidad que invertirá la empresa en un periodo determinado.

Beneficios legales en México

Las prestaciones laborales son beneficios adicionales que se proporcionan a través de un trabajador como condición de su relación laboral. Las prestaciones se establecen en una relación contractual y serán independientes del salario, pueden ser de carácter económico, cultural o médico.

La ley establece las prestaciones obligatorias que todo empresario debe conceder a sus trabajadores, las demás se pactarán de mutuo acuerdo en el contrato individual de trabajo.

Salario mínimo Su importe, en teoría, tendría que cubrir los gastos fundamentales para que el trabajador tenga una vida digna.
Salario Artículo 5, 82 y 101, LFT La indemnización que un empresario está obligado a pagar a sus trabajadores por el trabajo que han realizado durante un periodo determinado. Los empleados fijos deben cobrar quincenalmente Los trabajadores manuales deben cobrar semanalmente Ningún salario puede ser inferior al mínimo El salario en metálico debe pagarse precisamente en moneda legal El salario debe ser igual por el mismo trabajo, independientemente del sexo o la nacionalidad
Vacaciones Artículo 76, LFT Los trabajadores que tienen más de un año de servicio tienen derecho a disfrutar de un periodo anual de vacaciones pagadas:
Años de servicio Días de vacaciones
1 – 4 6 días
2 8 días
3 10 días
4 12 días
5 – 9 14 días
10 – 14 16 días
Etc Etc
Prima de vacaciones Artículo 79 y  80, LFT Los trabajadores tendrán derecho a una bonificación no inferior al 25% del salario ordinario que hubieran percibido durante el periodo de vacaciones. Si la relación laboral finaliza antes de cumplir el año de servicio, el trabajador tendrá derecho a una remuneración proporcional al tiempo de servicios prestados.
Prima de Navidad Artículo 87, LFT Los trabajadores tendrán derecho a una gratificación anual que deberá abonarse antes del día veinte de diciembre, equivalente, como mínimo, a quince días de salario. Si el despido se produce antes del día en que debe abonarse la gratificación, el trabajador tiene derecho a la parte de la gratificación devengada hasta ese momento del año. (Ej. Si se les despide en agosto, tienen derecho a 8 meses de cotización a la Prima)
Seguridad Social Artículos 15, 38, 56 y 58, LSS La Seguridad Social proporcionará al trabajador los servicios médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios. El régimen obligatorio incluye el seguro de: Riesgos profesionales Enfermedad y maternidad Invalidez y fallecimiento Jubilación y ancianos en activo Guarderías y servicios sociales
Prestaciones superiores ** Prestaciones adicionales superiores al mínimo legal Algunos ejemplos de prestaciones laborales son: Servicio de comida  Servicio de transporte Seguro médico privado Vales de comida Vales de gasolina Fondos de ahorro Prima de productividad

Cotizaciones patronales o coste laboral

Las cotizaciones empresariales resultan ser aquellas sumas de dinero que el empresario estará obligado a aportar al Estado por tener empleados. No son recuperables para el empresario.

Seguridad Social El empresario está obligado a dar de alta al trabajador en el Instituto de la Seguridad Social y a pagar la cotización correspondiente. Estos pagos garantizan a los empleados el acceso a diversas formas de ayuda estatal en caso de lesión, desempleo u otras circunstancias.
Impuesto estatal Cada estado de la federación tiene un impuesto sobre los salarios por trabajo personal, que varía según el estado. Por término medio, el impuesto estatal representa el 3% de los ingresos totales del trabajador.
Impuesto federal Tasa que los empresarios deben cubrir por cualquier transacción que corresponda a una relación laboral. El incumplimiento puede acarrear multas o sanciones.

Tipos de discapacidad

En la Ley Federal del Trabajo se establece en el artículo 473 que los riesgos de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en el desempeño de sus labores. Los empresarios deben pagar la indemnización correspondiente, dependiendo de si dicha lesión ha provocado la muerte o simplemente una incapacidad laboral temporal o permanente. Su responsabilidad seguirá existiendo aunque el empleado haya sido contratado a través de un intermediario.

Se entiende por accidente de trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional que se manifieste de forma inmediata o posterior, o que pueda causar la muerte o lesiones graves durante las actividades laborales del trabajador. Esto incluye los accidentes que pueden producirse cuando el trabajador se desplaza directamente de su domicilio al lugar de trabajo o viceversa.

Enfermedad profesional es todo estado patológico derivado de la realización continuada de un trabajo en un entorno peligroso que les ha expuesto a un factor ambiental contagioso, cancerígeno o nocivo de otro tipo.

Las incapacidades causadas por riesgos profesionales generarán una indemnización, que deberá ser abonada directamente al trabajador, en los casos de incapacidad psíquica el pago deberá hacerse a la persona o personas a cuyo cuidado quede, y en caso de fallecimiento del trabajador se abonará a sus beneficiarios.

Tipos de discapacidad Breve descripción
Incapacidad temporal: Pérdida de facultades o aptitudes que impide parcial o totalmente a una persona desempeñar su trabajo durante algún tiempo.
Incapacidad permanente parcial: Disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar a pleno rendimiento.
Incapacidad permanente total: Pérdida de facultades o aptitudes de una persona que la imposibilita para desempeñar cualquier trabajo durante el resto de su vida.
Otro tipo: Baja por maternidad La madre trabajadora disfruta de los siguientes derechos durante y después del embarazo: Durante el trabajo no tendrán que realizar actividades que requieran un esfuerzo considerable o que puedan suponer algún riesgo para su salud o la del bebé Tendrán un permiso de 6 semanas antes del parto y 6 semanas después, con retribución íntegra según su salario, sin temor a despido En caso de adopción de un bebé, disfrutarán de un descanso de seis semanas con sueldo, a partir del día en que lo reciban Tendrán derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo actual, sin penalizaciones a la antigüedad

Jornada laboral y días festivos

De acuerdo con el artículo 58, LFT, la “jornada de trabajo” es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.

El trabajador y el empresario fijarán la duración de la jornada laboral, sin superar el máximo legal de 8 horas diarias o 48 horas semanales.

Por cada seis días de trabajo el empleado debe disfrutar de al menos un día de descanso.

Durante la jornada de trabajo continuada se concederá al trabajador al menos una pausa de media hora.

La jornada de trabajo puede ampliarse por circunstancias extraordinarias, sin exceder nunca de tres horas al día o tres veces en una semana, (Esencialmente “horas extras”: Máximo 9 por semana)

Tipo de jornada Horas de trabajo por día Horas extra Domingos
Turno de día 8 horas 100% sobre su salario por hora (el doble) Si el empleado trabaja el domingo (pero aún no llega a las 48 horas semanales), se le debe una bonificación del 25% sobre su salario por hora normal. Si el trabajo del domingo supera las 48 horas de esa semana, el empleado recibe una bonificación del 200% de su salario del domingo (125% del salario por hora normal x 3)
Turno de noche 7 horas
Turno mixto 7 ½  horas

De acuerdo con el artículo 715 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), son días hábiles todos los días del año, excepto los sábados y domingos, los de descanso obligatorio y los días festivos que señale el calendario de días hábiles y aquellos en que las autoridades laborales señalen que se suspenden las labores (por desastres naturales, etc.)

Días de descanso obligatorio Nombre de las vacaciones
1 de enero Día de Año Nuevo
1 Lunes de febrero Día de la Constitución
3 Lunes de marzo  Cumpleaños de Benito Juárez
1 de mayo Día del Trabajo
16 de septiembre Día de la Independencia
3 Lunes de noviembre Día de la Revolución Mexicana
1 de diciembre (año de elecciones presidenciales) Elecciones presidenciales (cada 6 años)
25 de diciembre Navidad

Proceso de inmigración

Para obtener un permiso de trabajo es necesario tener una carta de oferta formal y un contrato de trabajo en México antes de llegar a México para comenzar dicho trabajo.

El empleador en México debe hacer la petición directamente al Instituto Nacional de Migración (INM) en México.

Posteriormente, se debe iniciar el trámite de “Visa de residencia temporal, de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas” solicitada ante el Instituto Nacional de Migración por oferta de empleo.

Si la resolución es favorable, se entregará al empresario una autorización de visado.

Una vez que la empresa contratante haya recibido su autorización con su número único de registro para su trámite (número NUT), el empleado deberá agendar una cita para realizar una entrevista en un consulado en cualquier país fuera del territorio mexicano.

El día de la cita consular, el (futuro) empleado deberá presentar:

  • Una solicitud de visado con todos los campos cumplimentados de forma legible. La firma debe ser la misma que la del pasaporte.
  • Copia de la autorización inicial del INM.
  • Original y copia del pasaporte en vigor.
  • Original y copia de la oferta de empleo
  • Una fotografía en color con fondo blanco, con la cara visible y sin gafas, que mida 32 milímetros x 26 milímetros o 39 milímetros x 31 milímetros.

Una vez autorizado el trámite, la visa le será entregada el mismo día en horario hábil, de lo contrario, el representante del INM tiene 10 días hábiles para darle una respuesta sobre su visa, de acuerdo con los lineamientos de  Leyes de Inmigración.

El visado no garantiza la admisión en el territorio nacional. La admisión en México está sujeta a la aprobación de las autoridades de inmigración y puede denegarse en caso de condenas penales, etc.

Cese de empleados

El trabajador o el empresario pueden poner fin a la relación laboral en cualquier momento, con causa justificada:

  • El trabajador ha engañado a su empleador de forma material (gastos, inventario, etc.)
  • El trabajador presenta, falta de integridad, falta de honestidad, actos de violencia, amenazas o insultos, ya sea durante o fuera del horario de trabajo
  • El trabajador, intencionadamente, causa daños materiales durante la realización del trabajo
  • El trabajador comete actos inmorales o de acoso y/o acoso sexual contra sus compañeros de trabajo
  • El trabajador revela secretos o información confidencial de la empresa
  • Más de tres ausencias en un periodo de treinta días, sin permiso del empresario o sin causa justificada
  • El trabajador llega al lugar de trabajo en estado de embriaguez

El empresario que despide a un trabajador debe notificarlo por escrito, indicando claramente las conductas o comportamientos que motivan la decisión y la fecha o fechas en que se cometieron.

La falta de notificación al trabajador o a las autoridades gubernamentales pertinentes dará al empleado motivos para alegar con éxito que el despido fue injustificado.

Finiquito laboral

Si el empresario no comprueba la causa del despido, se considera un despido sin causa. El trabajador tendrá entonces derecho a ser reincorporado a su puesto de trabajo o a ser indemnizado.

El empresario estará exento de la obligación de reincorporar al trabajador, pagando la indemnización:

  • Tres meses de salario
  • 20 días de salario por cada año de servicio
  • Pago de salarios atrasados, si procede
  • Las primas de vacaciones y de Navidad acumuladas en el momento del despido.

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