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¿Cuál es la jornada laboral media en la República Dominicana?
– La jornada laboral máxima en la República Dominicana es de 44 horas semanales.
Más información: Infografía: Horas de trabajo en América Latina por países 2025
¿Cuál es el salario mínimo en la República Dominicana?
– El salario mínimo en República Dominicana para 2025 es:
Grandes Empresas: 27.988,80 DOP al mes (444,05 USD)
Medianas empresas: DOP 23.023,00 al mes. (365,30 USD)
Pequeñas empresas: DOP 15.428,00 al mes (244,85 USD)
Microempresas: DOP 14.232,00 al mes. (225,85 USD)
¿Cuáles son los documentos obligatorios para la contratación de nuevos empleados en la República Dominicana?
- Los documentos de incorporación para los nuevos empleados en el país pueden incluir:
- DNI o pasaporte
- Visado de trabajo o permiso de residencia
- Número de la Seguridad Social (SSN) o equivalente
- Número de identificación fiscal (NIF)
- Datos de la cuenta bancaria
- Certificados académicos y diplomas
- Referencias de empleos anteriores o cartas de experiencia
- Reconocimiento médico
¿De cuánto es el bono anual promedio en República Dominicana?
Salario de Navidad obligatorio.
Equivalente a 1 mes de salario, exento del impuesto sobre la renta.
Pagado antes del 20 de diciembre.
¿Qué tipos de permisos de trabajo y visados se necesitan en la República Dominicana?
Tipo de visado: Visado de residencia + Permiso de trabajo.
Documentos:
- Pasaporte, certificado de nacimiento y matrimonio (apostillados), certificado SIRLA, CV, certificados médico y penal, carta de empleo.
Tiempo de procesamiento: 7-9 meses.
Tasas:
- Tramitación del visado de trabajo: ~$2,400-$2,500.
- SIRLA: 300 DÓLARES.
Renovación: Proceso similar al inicial, incluye antecedentes penales adicionales y prueba de trabajo.
¿ Cuáles son las bajas laborales obligatorias en República Dominicana ?
Vacaciones anuales
Derecho: 14 días; aumenta a 18 días después de 5 años.
Requisitos: 1 año de servicio.
– Baja por maternidad
- 14 semanas (7 antes + 7 después), puedes transferir los días previos al parto no utilizados.
- Adicional: media jornada mensual en el primer año para visitas médicas.
Permiso de paternidad
- 2 días pagados (Art. 54 del Código Laboral).