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Contratación de empleados en Chile

El trabajador sigue prestando servicios para el empresario con su conocimiento después de la fecha de cese acordada.
Contratación de empleados en Chile

 

Guía para la contratación Empleados en Chile

Leyes Breve descripción
Constitución Política de la República de Chile Es la máxima ley que rige la vida económica, social y política en Chile
Código de trabajo (CT) Las relaciones laborales entre empleadores y trabajadores serán reguladas por este Código y por sus leyes complementarias.
Ley 21.015 Fomentar la inclusión de las personas con discapacidad en el mundo laboral
Ley 20.545 Modifica la normativa sobre protección de la maternidad e incorpora el Permiso Postnatal Parenta
Ley 20.137 Concesión de permiso de trabajo por nacimiento y fallecimiento de familiares
Ley 20.012 Ayudas extraordinarias para los sectores con rentas más bajas
Ley 20.005 Sancionar el acoso sexual
Ley 19728 Seguro de desempleo
Ley 16.744 Aprueba la seguridad social contra los riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

Principales autoridades fiscales y laborales

Autoridades Breve descripción
Servicio de Impuestos Internos (SSI-Servicio de Impuestos Internos) Es responsable de supervisar y prestar servicios destinados a la correcta aplicación de los impuestos internos; de forma eficiente, equitativa y transparente. Su objetivo es reducir la evasión fiscal y ofrecer a los contribuyentes servicios excelentes para maximizar y facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.
Ministerio de Hacienda de Chile Es el Ministerio de Estado responsable de dirigir las finanzas de Chile; su misión es administrar eficientemente los recursos públicos a través de un Estado moderno al servicio de los ciudadanos; generando condiciones de estabilidad, transparencia y competitividad en una economía integrada internacionalmente que promuevan un crecimiento sostenible e inclusivo.
Fondo Nacional de Salud (FONASA- Fondo Nacional de Salud) Es la entidad financiera encargada de recaudar, administrar y distribuir los dineros estatales destinados a la salud en Chile, siendo una de sus funciones financiar las prestaciones de salud de sus beneficiarios.
Salud Previsional (ISAPRES- Instituciones de Salud Previsional) Son entidades privadas que operan sobre la base de un esquema de aseguramiento, que están facultadas para recibir y administrar la cotización obligatoria de salud de los trabajadores y personas naturales, que libre e individualmente optaron por ellas en lugar del sistema de salud estatal (FONASA).
Instituciones de Salud Previsional (AFP- Administrado de Fondos de Pensiones) El sistema de capitalización individual obligatoria consiste en que todos los trabajadores deben depositar mensualmente un porcentaje de su sueldo o ingreso en una cuenta personal en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Estos recursos están destinados a financiar la futura pensión que la persona percibirá en la etapa de jubilación.
Seguro de invalidez y supervivencia (SIS- Seguro de Invalidez y Sobrevivencia) El Seguro de Invalidez y Supervivencia es un porcentaje de la base imponible de los trabajadores por cuenta ajena que tiene por objeto pagarles una pensión en caso de invalidez o la supervivencia a la familia del trabajador en caso de fallecimiento.
Instituto de la Seguridad Social (IPS- Instituto de Previsión Social) El IPS otorga prestaciones y servicios previsionales, a través de su red de servicios ChileAtiende, promoviendo la excelencia en su gestión y acercando el Estado de manera inclusiva a las personas, considerando a sus funcionarios y funcionarias como el principal capital de la institución.


Contratos laborales

The employment contract is a legal convention where by the employer and the employee reciprocally bind themselves, the employee will provide services under dependency and subordination on an ongoing basis and, the employer, to pay for these services a certain remuneration.

The employment contract is consensual; must be in writing within the deadlines established by law, and signed by both parties in two copies, leaving one in the possession of each contractor.

Type of contracts  

Indefinite contract The fixed term contract becomes indefinite when:

  • El trabajador sigue prestando servicios para el empresario con su conocimiento después de la fecha de cese acordada.
  • Cuando se renueva por segunda vez.
  • Se presume que un trabajador ha sido contratado indefinidamente cuando ha prestado servicios discontinuos para el mismo empresario en virtud de más de dos contratos de duración determinada, durante 12 meses o más en un período total de 15 meses.

Temporary Work or Task Contract It is that convention by which the worker is bound by the respective employer to execute a specific and determined work, whose validity is limited to its duration. The different tasks or stages of a work may not by themselves be subject to two or more continuous contracts, in which case the contract will be understood to be an indefinite term. Part-time Contract This type of work its when it has been agreed to not exceed two thirds of the ordinary work day. Part-time workers will enjoy all other rights provided for full-time workers. However, the maximum limit of legal gratification may be proportionally reduced, in accordance with the relationship between the number of hours agreed in the part-time contract and that of the ordinary working day. Apprenticeship contract Apprenticeship work is when the employer or a third party undertakes to impart to an apprentice in certain conditions, the knowledge and skill to fulfill a task or work and will receive an agreed remuneration. Only workers under 21 years of age may enter into an apprenticeship contract. The following will be special obligations of the employer:

  • Ocupar al aprendiz sólo en el trabajo del programa de aprendizaje, proporcionándole los elementos de trabajo apropiados.
  • Permitir los controles que corresponden al Servicio Nacional de Formación y Empleo en los contratos de este tipo. El contrato a que se refiere este capítulo será válido hasta el final del plan de aprendizaje, que no podrá exceder de dos años.

Basic Requirements

La información que debe contener el contrato se establece en el artículo 10 del Código Laboral:

Lugar y fecha del contrato.
Indicación de la nacionalidad y las fechas de nacimiento e ingresos del trabajador.
Determinación de la naturaleza de los servicios y del lugar o ciudad en que deben prestarse.
Importe, forma y periodo de pago de la remuneración acordada.
Duración y distribución de la jornada, salvo que en el sistema de la empresa exista trabajo a turnos, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el reglamento de régimen interior.
Duración del contrato.
Otros acuerdos pactados por las partes.

Nómina

La nómina es uno de los documentos más importantes dentro de una empresa, ya que existe un control de todas las retenciones, por ley y adicionales, del salario de los empleados. De esta operación se obtiene la cantidad final que recibirá un trabajador y la cantidad que invertirá la empresa en un periodo determinado.

El empresario debe deducir del salario los impuestos, las cotizaciones a la Seguridad Social, las cuotas sindicales de acuerdo con la legislación respectiva y las obligaciones con las instituciones de la Seguridad Social u organismos públicos. Cualquiera que sea la base de las deducciones efectuadas a la retribución por el empresario, o el origen de los préstamos concedidos, en ningún caso podrán superar, en conjunto, el 45% de la retribución total del trabajador.

Law Benefits in Chile

Los principales beneficios remunerativos que el empleador está obligado a pagar a sus trabajadores con ocasión de la relación laboral son los señalados en el Código del Trabajo, sin perjuicio de todos aquellos que se otorguen y pacten de acuerdo al contrato de trabajo.

El papel que desempeñan las prestaciones laborales es que siempre van dirigidas a mejorar las condiciones de vida de los trabajadores, reducir sus gastos y concederles incentivos que fomenten su desarrollo cultural y social.

Salario Artículo 41, Código Laboral Se entiende por retribución la contraprestación en dinero y las prestaciones adicionales evaluables en dinero que deba percibir el trabajador por razón del contrato de trabajo, y se abonarán en la moneda de curso legal en el país. Una indemnización puede ser: El salario o sueldo base, es la retribución obligatoria y fija, en dinero, pagada en períodos iguales, determinada en el contrato, que percibe el trabajador por la prestación de sus servicios en una jornada ordinaria de trabajo, el salario no podrá ser inferior a un salario mínimo de ingreso mensual. La remuneración de las horas extraordinarias. Comisión, que es el porcentaje sobre el precio de las ventas o compras, o sobre el importe de otras operaciones, que el empresario realiza con la colaboración del trabajador. Participación, que es la proporción en los beneficios de un determinado negocio o de una empresa. Gratificación, que corresponde a la parte de los beneficios con la que el empresario beneficia el salario del trabajador.
Gratificación legal Artículos 47 y 52 del Código Laboral Las empresas que persigan beneficios, tendrán la obligación de retribuir anualmente a sus trabajadores en una proporción no inferior al 30% de los beneficios o excedentes. Esta obligación es anual. Aún así, legal y comúnmente lo que se hace por parte de las empresas, es pagar el 25% de lo devengado en el respectivo ejercicio comercial por concepto de remuneración mensual. Es decir, se abona el 25% del salario bruto del trabajador. También es posible optar por otra modalidad por parte del empleador, esto es, en caso de que el 25% del salario base supere 4,75 veces el ingreso mínimo mensual la bonificación a percibir sería de $ 119.146 (con un salario mínimo del 01-03-2019).
Vacaciones Artículo 67, Código del Trabajo Los trabajadores con más de un año de servicio tendrán derecho a unas vacaciones anuales de quince días laborables, con compensación íntegra que se concederá de acuerdo con las formalidades que establezca la normativa. Durante las vacaciones, la retribución íntegra estará constituida por el salario en el caso de los trabajadores sujetos al sistema de retribución fija. En el caso de trabajadores con retribución variable, la retribución íntegra será la media de lo devengado en los tres últimos meses trabajados.
Bonificación de Navidad No existe legislación que regule la paga extra de Navidad, sin embargo, las empresas suelen abonar una cantidad en el mes de septiembre (fiestas nacionales) y otra en diciembre (Navidad).
Permisos especiales Artículo 66, 199,206 y 207, Código Laboral Baja por maternidad: Tendrá derecho a 6 semanas antes del parto y 12 semanas después. Si durante el embarazo se produce una enfermedad derivada del mismo, comprobada con un certificado médico, la trabajadora tendrá derecho a un descanso prenatal complementario cuya duración será fijada, en su caso, por los servicios encargados de la asistencia médica preventiva o curativa. Las trabajadoras tendrán derecho a disponer de al menos una hora al día para alimentar a sus hijos menores de dos años. Permiso de paternidad: El padre tendrá derecho a 5 días retribuidos desde el momento del nacimiento. Esto también se aplica al padre que está en proceso de adopción. Si la madre muere durante el parto, el padre tendrá derecho al resto del tiempo que le correspondía a la madre para poder ocuparse del niño. Fallecimiento de un hijo, cónyuge o pareja de hecho: todo trabajador tendrá derecho a siete días consecutivos de permiso retribuido, además de las vacaciones anuales, independientemente del tiempo de servicio. El mismo permiso se aplicará durante tres días hábiles en caso de fallecimiento de un hijo durante el embarazo, así como en caso de fallecimiento del padre o de la madre del trabajador. Trabajadora de más de 45 años y trabajos de más de 50 años: si los contratos de trabajo tienen una duración superior a 30 días, tendrán derecho a medio día de permiso, una vez al año, para someterse a exámenes de mamografía y próstata, respectivamente, y podrán incluir otras prestaciones de medicina preventiva. Permiso por matrimonio: todo trabajador tendrá derecho a cinco días laborables ininterrumpidos de permiso retribuido, además de las vacaciones anuales, independientemente del tiempo de servicio. Este permiso podrá utilizarse, a elección del trabajador, el día del matrimonio o del acuerdo de unión civil y los días inmediatamente anteriores o posteriores a su celebración.

Employers Contribution or Labor Cost

Las cotizaciones empresariales resultan ser aquellas sumas de dinero que el empresario estará obligado a aportar al Estado por tener empleados. No son recuperables para el empresario y resultan indispensables para los trabajadores, ya que cubren parte de lo que se paga a la Seguridad Social.

Seguridad Social Seguro Invalidez y Sobrevivencia AFP, SIS: Seguro Invalidez y Sobrevivencia AFP, SIS Este seguro es financiado por los empresarios durante la vida laboral activa de los trabajadores. Este seguro cubre los gastos en caso de ser declarado inválido (parcial o total) o fallecimiento, concediendo una pensión de supervivencia. El SIS cubre a los afiliados dependientes, independientes o voluntarios, quedando bajo el concepto de “Cubierto”. A efectos del pago a los empresarios, el único tipo que debe abonarse es el 1,53%. Prestaciones: Garantiza una pensión en caso de invalidez por accidente o enfermedad de origen no laboral. Proteger a la familia del trabajador en caso de fallecimiento. Las enfermedades preexistentes, en determinadas condiciones, también están cubiertas por el SIS.
Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, ATEP Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, ATEP El objetivo de la ATEP es prevenir y proteger al trabajador de un accidente de trabajo, de accidentes en el trayecto trabajo/domicilio o de una enfermedad profesional por el desempeño de su trabajo, ya sea en régimen de dependencia (con contrato laboral) o de forma independiente (honorarios o por cuenta propia). El trabajador dependiente está cubierto desde el momento en que empieza a trabajar, aunque no tenga un contrato escrito ni se hayan abonado las cotizaciones respectivas.
Seguro de Desempleo Seguro de Cesantía Se trata de una protección económica en caso de desempleo, a la que tienen derecho todos los trabajadores regidos por el Código Laboral. Esta afiliación es obligatoria y debe ser comunicada por el empleador a la AFC Chile. Para cada afiliado, la AFC crea una Cuenta Individual de Desempleo (CIC), cuyos recursos acumulados son propiedad de cada trabajador. Como complemento al ahorro individual, existe el Fondo de Solidaridad de Desempleo (FCS), que es un fondo de reparto constituido por las cotizaciones del empresario y del Estado, cuya propiedad no pertenece a ningún trabajador en particular, sino a todos los trabajadores afiliados. Sirve para completar la prestación cuando el saldo de la cuenta de desempleo individual es insuficiente. Las cotizaciones al Seguro de Desempleo están previstas y, por tanto, están exentas del impuesto sobre la renta.

Jornada laboral y días festivos

Jornada de trabajo es el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios de acuerdo con el contrato y se considerará también el tiempo en que el trabajador esté a disposición del empresario sin realizar trabajo, por causas que no le sean imputables.

La duración de la jornada laboral ordinaria no excederá de 45 horas semanales.

El máximo semanal no puede distribuirse en más de seis ni en menos de cinco días. En ningún caso la jornada ordinaria podrá exceder de diez horas diarias.

La jornada de trabajo se dividirá en dos partes, dejando al menos media hora para el cotejo.

La jornada ordinaria podrá excederse, pero en la medida necesaria para evitar daños en el normal funcionamiento del establecimiento u obra, cuando concurran causas de fuerza mayor o caso fortuito, o cuando deban evitarse accidentes o no puedan efectuarse arreglos o reparaciones en la maquinaria o instalaciones. Las horas trabajadas en exceso se abonarán como horas extraordinarias.

Las horas extraordinarias se abonarán con un recargo del 50% sobre el salario pactado para la jornada ordinaria y deberán abonarse junto con la retribución ordinaria del periodo correspondiente.

Tipo de jornada Horas de trabajo por día A lo largo del tiempo Domingos
Turno de día 10 horas al día/ 45 horas a la semana Un 50% adicional del salario Día de descanso obligatorio
Turno de noche 7 horas al día / 36 horas a la semana

Los domingos y los que la ley declare festivos serán de descanso, salvo las actividades autorizadas por la ley para trabajar en esos días.

Fecha de descanso obligatorio Nombre de las vacaciones
1 de enero Año Nuevo
26 de abril Plebiscito constitucional
1 de mayo Día del Trabajo
7 de junio Elecciones primarias a la alcaldía (por determinar)
18 de septiembre Independencia nacional
19 de septiembre Día de las Glorias del Ejército
25 de octubre Elecciones municipales
25 de diciembre Navidad

Proceso de migración

Para los trabajadores extranjeros que hayan sido contratados por una empresa con residencia en Chile, tienen autorizado un visado de trabajo por un máximo de 2 años, y pueden solicitar también un visado de residente para sus familiares.

El trámite se realizará en el Consulado de chile desde su residencia en el extranjero y el Departamento de Extranjería del Ministerio de Relaciones Exteriores, analizará los datos del solicitante.

Requirements

  • Carta del empresario dirigida al Cónsul justificando la contratación.
  • Contrato de trabajo (notarial, legalizado y traducido, si procede).
  • Título profesional (si es necesario).
  • Certificados de antecedentes penales.
  • Certificado médico
  • Pasaporte actual
  • 4 fotos tan pequeñas como un pasaporte

Requirements for the contracting company

  • Constitución legal en Chile
  • Justificante de domicilio
  • Que la actividad del contratista es indispensable para el desarrollo del país.
  • IVA pagado en los últimos 3 meses.
  • Previsión de trabajadores asalariados correspondiente a los 3 últimos meses.

Sobre el contrato de trabajo:

Debe redactarse de acuerdo con las normas legales chilenas y contener las siguientes cláusulas:

  • Obligación del empresario de responder del pago del impuesto a la renta correspondiente en relación con la remuneración abonada.
  • Obligación del empleador de pagar las cotizaciones al Sistema Previsional y al Trabajador de la Salud en Chile o en el extranjero.
  • Responsabilidad de pagar los gastos de devolución al final del contrato de trabajo, para el contratista y su grupo familiar.

Cese de empleados

El contrato de trabajo finalizará en los siguientes casos:

  • Acuerdo mutuo
  • Dimisión del trabajador, con 30 días de preaviso
  • Fallecimiento del trabajador
  • Expiración del plazo acordado en el contrato
  • Conclusión de la obra o servicio que dio lugar al contrato
  • Hechos fortuitos

El contrato de trabajo finaliza sin derecho a indemnización cuando el empresario lo extingue invocando una o varias de las siguientes causas:

Faltas de conducta de carácter grave: Falta de trabajo o de cumplimiento de sus deberes Acoso sexual Lesiones emitidas por el trabajador al empresario o a los empleados Conducta inmoral que afecte a la empresa
Negociaciones ejecutadas por el trabajador dentro de la línea de negocio y que habrían sido prohibidas.
Inasistencia del trabajador a su puesto de trabajo sin causa justificada durante dos días seguidos.
Abandono de la obra.
Actos, omisiones que afecten a la seguridad o al funcionamiento en el establecimiento.
Daños intencionados a instalaciones, maquinaria, herramientas, etc.
Incumplimiento grave de las obligaciones impuestas por el contrato.

El empresario puede rescindir el contrato de trabajo invocando como motivos las necesidades de la empresa, el establecimiento o el servicio, como la baja productividad, los cambios en las condiciones del mercado o la economía, que hacen necesaria la separación de uno o varios trabajadores.

La invalidez, total o parcial, no es causa justa para la rescisión del contrato de trabajo. El trabajador que sea separado de sus funciones por este motivo, tendrá derecho a una indemnización.

En caso de extinción, el empresario deberá comunicarlo por escrito al trabajador, personalmente o mediante carta certificada remitida al domicilio indicado en el contrato, expresando la causa o causas invocadas y los hechos en que se fundamenta.

No obstante lo anterior, el empresario deberá abonar al trabajador la retribución y demás prestaciones establecidas en el contrato de trabajo durante el período comprendido entre la fecha del despido y la del envío o entrega de dicha comunicación al trabajador.

Employers Contribution or Labor Cost

Si el contrato ha tenido una vigencia igual o superior a un año y el empleador lo da por terminado de conformidad con el artículo 161 del Código del Trabajo, el trabajador deberá pagar una indemnización por los años de servicio que las partes hayan pactado individual o colectivamente, el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización equivalente al 30 de la última remuneración mensual por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, siempre que sea en forma continua. Esta compensación tendrá un límite máximo de 330 de la remuneración.

El empresario deberá abonar asimismo la provisión de las vacaciones a las que tuviera derecho el trabajador en el momento del cese.

El contrato celebrado para obra o faena determinada haya tenido una duración igual o superior a un mes, el empleador podrá extinguirlo justificadamente siempre que abone al trabajador, en el momento de su extinción, una indemnización equivalente a 2,5 días de remuneración por cada mes trabajado y fracción superior a quince días […] (CDT. Art. 163)

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